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    Senado endurece castigos para servidores públicos que omitan denunciar extorsión

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    El Senado de la República se prepara para aprobar esta semana la primera Ley General contra la Extorsión, con el objetivo de unificar criterios y sanciones en todo el país. La propuesta busca proteger a sectores comerciales, industriales, agrícolas, ganaderos, pesqueros, así como a prestadores de servicios públicos y privados, además de la vida interna de los sindicatos, que frecuentemente son blanco de grupos delictivos.

    Las Comisiones Unidas de Justicia y Estudios Legislativos fueron convocadas para sesionar mañana a las 18:00 horas y avalar el dictamen actualizado. Aunque estaba previsto distribuir el documento desde ayer, senadores confirmaron que hasta el cierre de la sesión de este lunes todavía no se había entregado el proyecto final a los integrantes de ambas comisiones.

    De acuerdo con legisladores consultados, los ajustes se concentran en las penalidades, ya que la nueva ley contempla sanciones menores a las vigentes en al menos 13 estados. Por ello, el Senado revisa los rangos para que no sean inferiores a los ya establecidos, pero también para cumplir con los criterios de proporcionalidad que ha definido la Suprema Corte.

    Uno de los cambios más relevantes es el aumento de la pena para policías, fiscales y servidores públicos encargados de la procuración de justicia que omitan denunciar actos de corrupción o delitos relacionados con extorsión. El dictamen vuelve a la propuesta original del Ejecutivo: de 10 a 20 años de prisión, dejando atrás la modificación hecha en la Cámara de Diputados, que la reducía a 5 a 12 años.

    Esta sanción aplicaría a cualquier servidor público con atribuciones en prevención, investigación o persecución de delitos, así como en la administración de justicia o custodia penitenciaria, que no reporte ante el Ministerio Público —o en casos urgentes ante la Policía— la comisión de delitos previstos en la ley.

    El proyecto también mantiene las agravantes relacionadas con el uso de sindicatos, asociaciones o grupos reales o simulados para coaccionar a víctimas y obligarlas a adquirir bienes o servicios. La conducta será sancionada incluso si la transacción no se concreta. Asimismo, se conserva la agravante para quienes utilicen dependencias gubernamentales, cámaras empresariales u organizaciones civiles como medio de presión o intimidación para limitar el libre consumo o prestación de bienes y servicios.

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